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El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca publicó una resolución en la que se establece que los remates feria y exposiciones deberán disponer de medicamentos veterinarios autorizados cuyo período de espera sea menor al tiempo que le resta al animal para llegar a faena. El objetivo es que, en caso...
El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca publicó una resolución en la que se establece que los remates feria y exposiciones deberán disponer de medicamentos veterinarios autorizados cuyo período de espera sea menor al tiempo que le resta al animal para llegar a faena. El objetivo es que, en caso de ser necesario aplicar un tratamiento durante los controles oficiales, esto no afecte su posterior ingreso a frigoríficos exportadores. Los funcionarios actuantes únicamente podrán aplicar los medicamentos veterinarios autorizados que cumplan con los requisitos establecidos y deberán registrar el tratamiento efectuado en el punto de ‘Control Sanitario’ de la Guía de Propiedad y Tránsito. Se trata de un cambio en la normativa que busca “que los tratamientos sanitarios efectuados en dichos eventos sean compatibles con los tiempos de permanencia de los animales y con las exigencias de inocuidad y trazabilidad sanitaria vigentes”, señala la resolución. Carlos Fuellis, coordinador del Plan Nacional de Lucha contra la Garrapata del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, explicó a Tiempo de Cambio de radio Rural que la medida apunta fundamentalmente a los locales de feria de la zona que tiene más garrapata. Con el objetivo de que el tratamiento se haga exclusivamente con un producto veterinario cuyo tiempo de espera no supere los días de permanencia del predio a dónde van los animales. “Fundamentalmente por eso se tomó esta resolución de acotar en el listado de garrapaticidas aprobado y registrado sólo aquellos que tengan un tiempo de espera menor a la permanencia del predio”, señaló. La medida ya está en vigencia, añadió Fuellis. VEA LA RESOLUCIÓN AQUÍ
2026-06-10T22:23:01+00:00